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¿Se Encuentra Estresado Por No Poder Pagar Su Renta? Lea Esto Primero

Este artículo ha sido actualizado.

El 6 de abril, el Consejo Judicial de California votó por unanimidad para suspender los juicios de desalojo y las ejecuciones hipotecarias en todo el estado.

La nueva orden pone fin a las órdenes de desalojo, que son demandas que los propietarios presentan cuando intentan desalojar a un inquilino. A los jueces también se les impide emitir fallos por defecto y los inquilinos que enfrentan órdenes de desalojo no pueden ser llamados a presentarse dentro de la corte. También limita a los bancos a presentar juicios hipotecarios contra los propietarios de viviendas.

Esta orden estatal permanecerá vigente durante 90 días después de que se levante el estado de emergencia.

Entonces, ¿qué más hay disponible para los inquilinos? Esto es lo que sabemos.

Recordatorio: actualmente no hay congelación de alquiler o moratorio de alquiler en el estado. Entonces, si no puede pagar, es probable que se requiera acción de su parte.

Y recuerde: el pago parcial de la renta no impide que lo desalojen, a menos que obtenga un acuerdo por escrito del dueño o gerente de la propiedad.

¿Tengo que pagar el alquiler?

Si puede hacerlo, sí.

Las moratorias de desalojo estatales y locales no impiden que se cancelen los meses de renta atrasados durante esta crisis, y los funcionarios locales están alentando a aquellos residentes que estén sanos y sigan trabajando, a que pague su alquiler.

¿Qué puedo hacer si no puedo pagar la renta?

Si no puede pagar debido a circunstancias relacionadas con el coronavirus, esto es lo que debe hacer:

Presente su caso por escrito: Ponga, por escrito la razón por la que no puede pagar el alquiler. El grupo de defensa Tenants Together creó una carta (aquí le mostramos el ejemplo) que puede usar. Proporcione documentación específica: incluya documentos que muestren que su ingreso se ha visto afectado por la pandemia y las órdenes de quedarse en casa. Puede ser una carta o un mensaje de texto de su empleador que detalle la reducción en las horas de trabajo, nóminas de pago que muestran una disminución en los salarios o alguna documentación que demuestre la pérdida de oportunidades de trabajo disponibles, como disminuciones en los viajes de Lyft o entregas de servicio de comida a domicilio como la compañía Postmates. Presente sus documentos al dueño o gerente de la propiedad: lo ideal sería hacerlo antes de que se venza el alquiler. Así que asegúrese de mandar su documentación lo antes posible. Guarde una copia de toda la documentación para sus archivos: si el dueño de la propiedad decide proceder con la orden de desalojo o lo lleva a un tribunal de reclamos menores, necesitará estos documentos. ¡Guárdelos en un lugar seguro! Comuníquese con un abogado o busque una oficina de asesoría legal: para adelantarse a cualquier posible procedimiento judicial, puede comunicarse con un abogado u oficina de asesoría legal con anticipación.

¿Cómo funcionan las moratorias de desalojo locales y estatales?

A principios de abril, el Consejo Judicial de California adoptó una regla de emergencia que previene efectivamente los desalojos, excepto cuando sea necesario para la seguridad de otros inquilinos en la propiedad o para proteger la salud. Esta es una decisión mucho más fuerte que la moratoria de desalojo estatal establecida por el gobernador Gavin Newsom en marzo.

Esto es lo que hace la nueva regla:

Impide que un tribunal emita una citación después de que el arrendador presente un caso de desalojo: excepto cuando sea necesario para la seguridad de otros inquilinos en la propiedad o para proteger la salud. Esto significa que los inquilinos no estarán dentro del plazo de cinco días para responder a la demanda judicial y tendrán tiempo de responder hasta que los tribunales levanten la regla de emergencia. Previene fallos por incumplimiento: normalmente, si el inquilino no presenta una respuesta, el tribunal emitirá un fallo por incumplimiento. A menudo dando el fallo a favor del propietario. Esto evita eso, excepto en casos de salud y seguridad. O si el inquilino no presentó una respuesta antes de que se levantara la orden estatal. Extiende el tiempo para los juicios: si un caso de desalojo ya está en proceso, y el inquilino ya ha respondido o comparecido, los jueces deben programar la audiencia para un tiempo que sea 60 días después de la fecha solicitada, a menos que sea necesario establecerlo antes para la salud y la seguridad. Posponer los juicios de abril: cualquier juicio que haya sido establecido para abril deberá ser reprogramado al menos 60 días.

Para las reglas locales, todo depende de dónde viva. A continuación se presentan sólo tres de las órdenes de desalojo de la ciudad y el condado que se han implementado recientemente.

San Francisco:

Los propietarios tienen prohibido desalojar a los inquilinos que no pueden pagar el alquiler en abril si pueden demostrar que se debe a pérdida de ingresos o trabajo relacionados con COVID-19.

Los inquilinos deben notificar por escrito que no pagarán dentro de los 30 días de la fecha de vencimiento original del alquiler. Se deben proporcionar avisos por separado para cada pago de alquiler que no se puede pagar hasta seis meses después de que expire la orden de moratoria de desalojo de la ciudad. Después de proporcionar el aviso, los inquilinos tienen una semana para proporcionar documentación que muestre el impacto de la pandemia en sus finanzas.

Esos plazos también pueden extenderse. Y se puede hacer un plan de pago después de que se expire la orden.

Oakland:

La orden de la ciudad prohíbe los desalojos por cualquier motivo, con algunas excepciones, y dura hasta el 31 de mayo, o hasta el final de la crisis de salud, si es que esta se extiende. También protege a los inquilinos contra futuros desalojos por falta de pago y prohíbe que se apliquen cargos por demora a la renta atrasada debido a los impactos relacionados con el coronavirus.

Los inquilinos no están obligados a informar al propietario que no pagarán el alquiler para acceder a estas protecciones, pero se sugiere que lo haga. Los inquilinos también deben asegurarse de mantener toda la documentación de cómo COVID-19 ha afectado sus ingresos, en caso de que el propietario decida desalojarlos más adelante. En la ciudad de Oakland, no se requiere que la documentación esté protegida, pero es muy recomendable.

Condado de Santa Clara:

Una moratoria de desalojo temporal, hasta el 31 de mayo, se aplica a todas las propiedades residenciales y comerciales en el condado de Santa Clara.

Los inquilinos aún deben informar a los propietarios si no pueden pagar el alquiler, y proporcionar documentación de cómo COVID-19 ha afectado sus finanzas. Una vez que finaliza la moratoria, los inquilinos tienen 120 días para pagar el alquiler. Los propietarios no pueden cobrar sobrecargos por alquileres no pagados durante la moratoria.

¿Qué sucede si recibo un aviso de desalojo?

Si por alguna razón recibe un aviso de desalojo, comuníquese con un abogado u oficina de asesoría legal lo antes posible. Muchas oficinas locales de asistencia legal todavía están operando, aunque de manera remota, y deberían tener los mejores recursos para ayudar a navegar a través de las reglas particulares en su ciudad y condado.

Aquí hay algunos recursos para inquilinos que puede usar para obtener ayuda con un aviso de desalojo:

San Francisco:

Eviction Defense Collaborative: Para asistencia legal, comuníquese con la clínica al 415-659-9184 o envíe un correo electrónico a legal@evictiondefense.org. Comité de Derechos de Vivienda de San Francisco: si se encuentra en el Distrito de la Misión, llame al 415-703-8644. En el distrito de Richmond, llame al 415-947-9085. Unión de Inquilinos de San Francisco: Para horas de asesoramiento, llame al 415-282-6622. Centro de Desarrollo Comunitario de Chinatown: Para asesoramiento, llame al 415-984-2728 para hacer una cita.

Condado de Alameda:

East Bay Community Law Center: llame al 510-548-4040 para programar una consulta legal gratuita. Centro de Defensa de Desalojo: Llame al 510-452-4541 para obtener servicios legales gratuitos y de bajo costo. Centro Legal de la Raza: comuníquese a través del 510-437-1554 para solicitar consultas y asistencia legal. Asistencia legal del Área de la Bahía: La Unidad de Vivienda está disponible para asesoría telefónica y asesoramiento a través de la Línea de Derechos del Inquilino (para residentes del Condado de Alameda) al 866-346-3405, o la Línea de Asesoría Legal al 800-551-5554 (para residentes de todos los demás condados en su área de servicio).

Condado de Santa Clara

Fundación de la Ley de Silicon Valley: Comuníquese con la Fundación de la Ley al 408-280-2424. Servicios comunitarios del Sagrado Corazón: puede presentar una solicitud si necesita asistencia financiera relacionada con COVID-19

Condado de San Mateo

The Legal Aid Society of San Mateo County: Si necesita asistencia legal, llame al 650-558-0915.

Erin Baldassari de KQED contribuyó a este informe.

Este artículo ha sido traducido por la periodista, Azucena Rasilla.

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